A propósito del Real Decreto de Troncalidad

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Una vez visto el resultado de la encuesta sobre la troncalidad, que muestra su apoyo mayoritario al “no”, nos gustaría puntualizar algunos aspectos sobre el Real Decreto.

En primer lugar, la iniciativa de una nueva ordenación de especialidades en Ciencias de la Salud surge del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y en nuestro caso, reestructura las especialidades clínicas de Medicina, Farmacia, Biología y Química relacionadas con el laboratorio clínico y las adscribe a un sistema formativo troncal.

Así, en el tronco nº 3 de los cinco de que consta el sistema, se establece el Tronco de Laboratorio y Diagnóstico Clínico (TCLDC) con las especialidades de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica, Genética Clínica, Inmunología y Microbiología y Parasitología.

La idea del Ministerio, irrenunciable, era establecer una sola especialidad para el laboratorio clínico. En su momento se constituyó un Grupo de Trabajo formado por AEFA, la Vocalía Nacional de Análisis Clínicos y AEBM que elaboró un complejo documento de Comentarios al proyecto de Real Decreto. Los miembros del Grupo de Trabajo éramos plenamente conscientes de la problemática que se produciría con las actuales especialidades, pero compartimos la idea de hacer legal una práctica a menudo real, hoy en día, de la especialidad troncal al entender que la troncalidad favorecerá la polivalencia y la interdisciplinariedad que son el eje central del sistema sanitario.

En este sentido las sociedades científicas defendíamos como título de la nueva especialidad la línea de “Especialista en el Laboratorio Clínico” o similar, de acuerdo con las directrices de la UE.

Hubo en su momento movimientos dirigidos a ubicar distintas especialidades fuera de la troncalidad, pero nuestra defensa del sistema troncal vino por una parte del hecho de que el especialista no quedara aislado del entorno de las ciencias de la salud y por otro, de que en la troncalidad se genera un nivel de flexibilidad que le va a permitir adaptarse a nuevos tiempos, tecnologías y conocimientos. Nuestro posicionamiento sobre la troncalidad se basa, pues, en la idea claramente definida de que la actividad de los especialistas del laboratorio clínico incluya todas las áreas de conocimiento, quedando las distintas actividades específicas incluidas en las especialidades que la componen.

El programa de formación tiene como finalidad que el especialista finalmente formado, tenga un nivel homogéneo y equivalente, independientemente de la licenciatura de base.

La actual situación de la profesión, entiendo que nos obliga a un cambio que nos permita alinear nuestra profesionalidad hacia nuevas metas, superando situaciones particulares o históricas.

Como ante cualquier cambio, puede haber personas que se sientan agraviadas o que piensen que esta ley va en menoscabo de sus derechos adquiridos, sus opiniones son plenamente respetables y comprensibles, aunque para sus intereses y a efectos prácticos entiendo que su repercusión real no será significativa.

En nuestra decisión primó la defensa de los intereses generales y mayoritarios de la profesión y de ahí el apoyo que AEFA ha dado a la Ley, junto al resto de sociedades españolas relacionadas con el laboratorio clínico.

Comisión Permanente de AEFA

 

Autor de la imágen: Claudio. Ar

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